El título de Piloto de Aeronave Ligera es una calificación que expide la Agencia Estatal de Seguridad Aérea para que una persona pueda actuar como piloto de aviones de uso recreacional, es decir, que no tenga fines comerciales.
Es una titulación inferior a la de Piloto Privado. Es ideal para aquellas personas que quieran iniciarse en el mundo de la aviación, pero que no tengan intención de ser profesionales en el sector.
Convalidación de créditos teóricos: se convalidan el 100% para el curso de PPL(A) mientras que de la licencia ULM no se convalida teoría.
Convalidación de horas de vuelo: las horas de vuelo son certificadas y acumulables (con la licencia de ultraligero solo se convalida un 10 % del total, con la licencia LAPL el 100% de las horas realizadas).
Volar en condiciones visuales VFR en espacios aéreos controlados y/o aeropuertos.
Volar de noche en condiciones visuales con habilitación NVFR.
Volar en avionetas certificadas con un peso máximo al despegue de 2.000kg y hasta cuatro plazas.
El aspirante deberá completar 117 horas teóricas. Durante el curso se estudiarán los siguientes temas;
Una vez finalizadas las clases teóricas, los alumnos realizarán un examen interno de la escuela antes de presentarse a los exámenes oficiales.
Tras superar los exámenes oficiales, los alumnos estarán acreditados en los conocimientos teóricos correspondientes al curso LAPL.
La duración del curso es de aproximadamente 2 meses y permite combinar la Fase Teórica con la Fase de Vuelo.
Aún así, la duración final para obtener la licencia depende del tiempo y número de convocatorias necesarios para superar los exámenes de las diferentes asignaturas y la verificación en vuelo, variando habitualmente entre 3 y 6 meses totales.
La Fase de Instrucción de Vuelo para LAPL(A) se compone de al menos 30 horas de instrucción de vuelo en avión, y debe superar:
15 horas de instrucción en doble mando en la clase en la cual se realizará la prueba de pericia.
6 horas de vuelo solo supervisado, incluidas al menos 3 horas de vuelo de travesía solo incluyendo al menos 1 vuelo de travesía de al menos 150 km (80 NM), durante el cual se realizará al menos 1 aterrizaje con parada completa en un aeródromo que no sea el de partida.